Qué es la reagrupación familiar
Es el permiso de residencia temporal previsto para que los familiares de una persona que ya reside legalmente en Polonia puedan vivir con ella (en polaco: zezwolenie na pobyt czasowy w celu połączenia się z rodziną). El derecho no es automático: depende de qué título de residencia tiene la persona que ya está en Polonia y de qué vínculo familiar se acredita.
Qué vía le toca a usted
| Situación | Cómo se presenta |
|---|---|
| Su familiar ya está en Polonia | Por internet, en el sistema MOS |
| Su familiar está fuera de Polonia | En papel, en las condiciones anteriores |
| Familiar de ciudadano polaco, de la UE o del Reino Unido (supuestos del Acuerdo de Retirada), estando fuera de Polonia | En papel |
Qué suele pedir la administración
Las listas exactas las publica cada oficina del voivodato y conviene mirarlas antes de reunir nada, pero el núcleo se repite:
- Prueba del vínculo familiar: certificados de matrimonio o de nacimiento, traducidos por traductor jurado polaco.
- Situación de la persona que ya reside en Polonia: su título de residencia y su continuidad.
- Medios de subsistencia suficientes para la familia.
- Alojamiento y seguro médico.
Errores que cuestan meses
- Enviar la solicitud por MOS cuando el familiar está fuera del país (o al revés).
- Traducciones hechas por alguien que no es traductor jurado en Polonia.
- Documentos del registro civil demasiado antiguos.
- Dar por hecho que el familiar podrá trabajar desde el primer día.
¿Dónde está hoy su familiar?
Con esa única respuesta ya sabemos por qué vía va su caso. Escríbanos por WhatsApp en español y se lo decimos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedirla si mi familia todavía está en Colombia?
Sí, pero atención al canal: cuando la persona a la que se refiere la solicitud está fuera de Polonia, la solicitud de reagrupación familiar sigue presentándose en papel, en las condiciones anteriores, y no por el sistema MOS.
¿Quién presenta la solicitud?
Depende del supuesto y de dónde se encuentre cada persona. En la reagrupación con familiares que están fuera del país, quien actúa suele ser la persona que ya reside en Polonia. Conviene aclararlo antes de preparar nada.
¿Mi cónyuge podrá trabajar?
El derecho a trabajar depende del permiso concreto que se conceda y de sus anotaciones. No lo dé por hecho: comprobarlo antes evita que su familiar empiece a trabajar sin autorización.
¿Y si mi pareja y yo no estamos casados?
La ley polaca distingue entre cónyuge y pareja no casada, y las vías no son las mismas. Existe un supuesto propio para quien lleva vida familiar con un ciudadano polaco o de la UE en el sentido del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Es un terreno donde la prueba de la relación pesa mucho.
Fuentes oficiales
Toda la información de esta página procede de fuentes oficiales polacas y de la Unión Europea. Le recomendamos consultarlas directamente antes de tomar decisiones:
- Oficina de Extranjeros (UdSC) — información sobre el sistema MOS
- UdSC — tasas: tasa administrativa y tasa por la expedición de la tarjeta
- Portal MOS — mos.cudzoziemcy.gov.pl
- Embajada de Polonia en Bogotá — Información importante para quienes viajan a trabajar a Polonia (27.07.2026)
- Embajada de Polonia — Limitación del régimen sin visado para ciudadanos de Colombia (14.08.2024)
Estado legal: 3 de agosto de 2026. Si alguna norma cambia después de esa fecha, la fuente oficial prevalece sobre este texto.