Trabajo legal en Polonia

Trabajar legalmente en Polonia siendo colombiano: lo que exige la ley

Residir legalmente en Polonia y tener derecho a trabajar son dos cosas distintas. Aquí le explicamos, con fuentes oficiales, qué documento le autoriza a usted a trabajar, qué cambió para los ciudadanos colombianos y qué riesgos corre — también su empleador.

Urgente · cambio en vigor

Desde el 22 de agosto de 2026 no se puede trabajar en Polonia estando en régimen sin visado

Atención, ciudadanos de Colombia, Venezuela y Georgia. El 22 de agosto de 2026 entra en vigor un reglamento que excluye a los ciudadanos de estos tres países de la posibilidad de trabajar en Polonia mientras permanezcan aquí al amparo de la exención de visado (los 90 días sin visado). Desde esa fecha, tener un permiso de trabajo ya no basta si usted entró sin visado: para trabajar legalmente necesitará un visado de trabajo u otro título de residencia que le autorice a trabajar.

En la práctica esto significa que la base de su estancia y de su trabajo hay que planificarla antes de viajar, no después de llegar. Entrar sin visado y «arreglar los papeles ya en Polonia» deja de ser una vía viable.

Regla transitoria. Quien ya hubiera empezado a trabajar antes del 22 de agosto de 2026 estando en régimen sin visado puede continuar en las mismas condiciones hasta que termine ese periodo de estancia sin visado. No se prorroga más allá de ese límite.

Base legal: Reglamento del Ministro de Familia, Trabajo y Política Social de 31 de julio de 2026 sobre la lista de países cuyos ciudadanos titulares de un permiso de trabajo no están autorizados a trabajar durante su estancia en Polonia en régimen sin visado (Diario de Leyes de 2026, pos. 1072; publicado el 7 de agosto de 2026, en vigor a los 14 días, es decir el 22 de agosto de 2026).

Y esto sigue vigente desde antes. Desde el 15 de agosto de 2024, los ciudadanos de Colombia que entran a territorio polaco con el fin de trabajar necesitan visado, sea cual sea la duración del empleo. Esta excepción a la exención de visado se introdujo con base en el art. 3.2 del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración, en relación con el art. 6.3 del Reglamento (UE) 2018/1806. La Embajada de Polonia en Bogotá advierte expresamente que las agencias que afirman lo contrario dan información falsa.

Residir legalmente no es lo mismo que poder trabajar

En Polonia usted necesita dos cosas a la vez:

  1. un título de estancia válido (visado, permiso de residencia temporal, tarjeta de residencia…), y
  2. una autorización para trabajar — salvo que usted pertenezca a uno de los grupos que la ley exime.

Tener una de las dos no sustituye a la otra. Se puede estar legalmente en Polonia y, aun así, estar trabajando de forma ilegal. Esa es la situación en la que caen muchas personas que llegan engañadas por una oferta.

Qué exige la Embajada de Polonia antes de viajar a trabajar

En su comunicado del 27 de julio de 2026, la Embajada de Polonia en Bogotá enumera lo que hace falta para obtener el visado de trabajo:

  • un seguro médico de viaje válido para todo el periodo de la estancia prevista en Polonia (el Ministerio de Asuntos Exteriores polaco publica la lista de aseguradoras y productos que cumplen los criterios);
  • un permiso de trabajo (zezwolenie na pracę) expedido por el voivoda, es decir, por el jefe de la administración regional.

La Embajada advierte además, textualmente, que son falsas las afirmaciones de las agencias de empleo según las cuales los ciudadanos colombianos pueden entrar a Polonia con la intención de trabajar sin necesidad de visado de trabajo, y que los honorarios que cobran esas agencias suelen ser muy elevados y desproporcionados respecto a los servicios que prestan.

Advertencia de trata de personas. La Embajada de Polonia en Bogotá, junto con la Cancillería colombiana y la Embajada de Colombia en Varsovia, ha expresado su temor a que la llegada masiva de personas que esperan un trabajo que en realidad no existe favorezca la trata de personas. Si una oferta le exige pagar por adelantado, viajar sin visado de trabajo o entregar su pasaporte a un tercero, deténgase y consulte.

Qué documentos permiten trabajar

DocumentoNombre polacoQuién lo tramita
Permiso de trabajozezwolenie na pracęEl empleador, ante el voivoda.
Permiso único de residencia y trabajozezwolenie na pobyt czasowy i pracęUsted, en MOS, con un anexo firmado electrónicamente por el empleador.
Declaración de encomienda de trabajooświadczenie o powierzeniu wykonywania pracyEl empleador, ante la oficina de empleo. Solo para nacionales de determinados países fijados por reglamento.
Exenciones legalesGrupos concretos previstos en la ley (por ejemplo, ciertos titulados de centros polacos). Hay que comprobarlo caso por caso.
La base legal general de la contratación de extranjeros es hoy la Ley de 20 de marzo de 2025 sobre las condiciones de admisibilidad de la encomienda de trabajo a extranjeros (Diario de Leyes de 2025, pos. 621), en vigor desde el 1 de junio de 2025, que sustituyó a la anterior ley de promoción del empleo. Sus reglamentos de desarrollo se actualizan periódicamente, y con ellos las listas de países y de exenciones.

Cambio ya publicado y en vigor. El reglamento anunciado en febrero de 2026 fue finalmente aprobado el 31 de julio de 2026, publicado el 7 de agosto de 2026 (Diario de Leyes de 2026, pos. 1072) y entra en vigor el 22 de agosto de 2026. A partir de esa fecha, un permiso de trabajo no autoriza a trabajar a los ciudadanos de Colombia, Venezuela y Georgia que estén en Polonia únicamente al amparo de la exención de visado: hace falta un visado u otro título de residencia que permita trabajar. Ver el aviso completo ↑

¿Puedo trabajar mientras espero la decisión?

Esta es la pregunta que más dinero le cuesta a la gente, y la respuesta honesta es: depende. Depende del título con el que usted estaba en Polonia al presentar la solicitud, del tipo de permiso que pidió y de si su autorización de trabajo anterior seguía viva. No hay una respuesta única válida para todos los casos, y cualquiera que se la dé sin conocer su expediente le está contando lo que usted quiere oír.

Lo prudente es comprobarlo antes de empezar a trabajar, no después de la primera nómina.

Qué se arriesga con el trabajo sin autorización

La ley polaca sanciona el trabajo no autorizado, y no solo al trabajador: también responde el empleador que encomienda trabajo a un extranjero sin la autorización exigida. Para usted, las consecuencias pueden ir más allá de una multa: pueden afectar a su expediente de residencia y a sus solicitudes futuras.

Por eso conviene desconfiar de las empresas que le proponen empezar "mientras se arreglan los papeles": quien le hace esa propuesta está trasladando a usted un riesgo que es de los dos.

Sus derechos como trabajador en Polonia

La Embajada de Polonia recuerda algunos derechos básicos recogidos en el Código de Trabajo (Kodeks pracy) de 26 de junio de 1974:

  • la jornada, por regla general, no excede de 8 horas diarias y de una media de 40 horas semanales;
  • si trabaja al menos 6 horas al día, tiene derecho a una pausa de al menos 15 minutos, incluida en el tiempo de trabajo;
  • el empleador debe garantizar condiciones seguras e higiénicas y formación en seguridad antes de permitirle trabajar;
  • el empleador debe proporcionar ropa y calzado de trabajo gratuitos cuando la ropa propia pueda deteriorarse o ensuciarse mucho, o cuando lo exijan razones técnicas o sanitarias;
  • no se puede sustituir un contrato de trabajo por un contrato civil manteniendo las condiciones propias de una relación laboral.

Si sus derechos se vulneran, la reclamación se dirige a la Inspección Nacional de Trabajo (Państwowa Inspekcja Pracy).

¿Le han hecho una oferta y no sabe si es legal?

Envíenos por WhatsApp lo que le han ofrecido, sin datos personales, y le decimos qué documentos debería exigir antes de aceptar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo viajar a Polonia sin visado y buscar trabajo allí?

No para trabajar. Si usted es ciudadano colombiano y viaja con la intención de trabajar, necesita visado desde el 15 de agosto de 2024, con independencia de la duración del empleo previsto. Y desde el 22 de agosto de 2026, estando en Polonia solo al amparo de la exención de visado, usted no puede trabajar ni siquiera teniendo un permiso de trabajo (Diario de Leyes de 2026, pos. 1072). La Embajada de Polonia en Bogotá advierte que las agencias que afirman lo contrario dan información falsa.

¿Puedo trabajar mientras espero la decisión sobre mi permiso?

Depende de cuál era su situación en el momento de presentar la solicitud y del tipo de trámite. No es automático y no se puede responder igual para todos los casos. Consulte su caso concreto antes de empezar a trabajar: trabajar sin autorización tiene consecuencias para usted y para su empleador.

¿Quién tramita el permiso de trabajo, yo o la empresa?

El permiso de trabajo (zezwolenie na pracę) lo solicita el empleador ante el voivoda. Usted no puede pedirlo por su cuenta. El permiso único de residencia y trabajo, en cambio, lo solicita usted, pero con un anexo que su empleador debe firmar electrónicamente.

¿Qué pasa si cambio de empleador?

Las autorizaciones de trabajo suelen estar ligadas a un empleador y a unas condiciones concretas. Cambiar de empresa sin regularizar la autorización puede dejarle en situación de trabajo no autorizado. Consulte antes de aceptar el cambio, no después.

¿A dónde reclamo si mi empleador incumple?

A la Inspección Nacional de Trabajo polaca (Państwowa Inspekcja Pracy, PIP), que tiene información también en otros idiomas en pip.gov.pl. Los derechos básicos (jornada, descansos, seguridad e higiene, ropa de trabajo) están en el Código de Trabajo polaco de 1974.

Fuentes oficiales

Toda la información de esta página procede de fuentes oficiales polacas y de la Unión Europea. Le recomendamos consultarlas directamente antes de tomar decisiones:

Estado legal: 17 de agosto de 2026. Si alguna norma cambia después de esa fecha, la fuente oficial prevalece sobre este texto.